lunes, 8 de junio de 2009

LOS CHEQUES

Partes en el cheque


Librador: Creador del documento, tiene cuenta corriente en el bancoal que da la orden.Librado: Entidad bancaria que entrega al librador los formularios preimpresos de cheques.Beneficiario: A quien el banco debe pagar el cheque cuando lo presente. Puede ser persona indeterminada (cheque al portador) o concreta (cheque a la orden)



El beneficiario debe presentarlo en las cajas de la entidad bancaria librada.



Pagadero en la misma ciudad donde se libró: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que se libró.
Pagadero en ciudad distinta: Dentro del dentro del mes siguiente a su expedición.
Expedido en país latinoamericano para ser pagado en otro país latinoamericano: Dentro de los tres (3) meses siguientes.
Expedido en un país latinoamericano pero para ser pagado fuera de Latinoamérica: Dentro de los cuatro (4) meses siguientes.
Aun cuando el cheque no hubiere sido presentado en tiempo el banco deberá pagarlo o hacer oferta parcial de pago si se presenta dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha del libramiento.



Cheque no negociable: insertar la cláusula “no negociable” o “páguese al primer beneficiario” no podrá ser negociado por el beneficiario.

Cheque cruzado: usado por comerciantes. Lleva dos líneas paralelas de arriba hacia abajo o en forma oblicua. Se hace efectivo consignándolo. Su circulación se limita a que el beneficiario tenga una cuenta corriente o deba abrir una.
General: puede consignarlo en cualquier banco.
Especial: solo puede consignarse el banco señalado.

Cheque de gerencia o de caja: librado por un banco a cargo de sus dependencias donde se puede comprar. negociable a menos que el banco inserte la cláusula no negociable.

Cheque certificado: se solicita al banco que certifique que un cheque tiene fondos, colocando la leyenda “certificado”, que tiene efectos durante 15 días hábiles, en los cuales asume la responsabilidad del pago.

Cheque viajero: Travel check. librado por un banco a su cargo para ser pagadero por su establecimiento principal, sucursales o banco corresponsal, en el país o en el extranjero. El banco entrega al beneficiario la lista de las sucursales o corresponsales donde puede cobrarlo, si no paga, la sanción será del 25% del valor expresado en el cheque.



La cuenta corriente del librador no tiene fondos
Pasaron 6 meses desde la fecha en que se libro el cheque. El banco no lo paga aunque existan fondos.
El librador ordeno por escrito al banco no pagar el cheque.
Orden judicial. Existe un proceso judicial de cancelación de un cheque a la orden, extraviado o sustraído.

La ley ordena al banco rehusar el pago. Por:- Existir un proceso concursal (concurso o liquidación obligatoria del librado)- Liquidación judicial o administrativa del librador.
Muerte o incapacidad del librador: la fecha consignada en el cheque es posterior a la fecha de la muerte del librador o posterior a la fecha de publicación del decreto de interdicción.



Si el banco no justifica el no pago de un cheque o no hace ofrecimiento de pago parcial, pagara al librador una sanción equivalente al 20% del valor consignado en el cheque o del saldo existente para pago parcial.
Para la mayoría de las operaciones, los
requisitos de un documento equivalente son:
1. Nombre o razón social y Nit del vendedor o quien presta el servicio.
2. Número consecutivo de la transacción.
3. Fecha de la operación.
4. Descripción de los bienes o servicios.
5. Valor total de la transacción
Así, con que los documentos antes mencionados cumplan con estos requisitos, se debe entender cumplida la obligación de elaborar el documento equivalente aun cuando no tengan impresa la leyenda “Documento equivalente”.

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